Micelio
Auto7 de diciembre de 1994

A- de 1994

Ponente Hernando Herrera Vergara

Demandante Junta Accion Comunal Urb. San Felix

Tema · dato duro
Inadmision De Demanda De Tutela. Obligaciones Del Juez De Tutela.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró sin valor ni efecto alguno la providencia de improcedencia proferida por el Juzgado competente a efecto de que tramite la acción y adopte la decisión a que haya lugar, en relación con la demanda de tutela.

La Corte, con base a lo anterior, reiteró que la improcedencia de la acción se debe declarar en el fallo de tutela si el juez la encuentra acreditada legalmente, y no antes, al igual que la desestimación de las pretensiones del accionante, pues así lo ha entendido la jurisprudencia de esta Corporación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. 1. Declarar sin valor ni efecto alguno la providencia de improcedencia de la acción de tutela presentada por la Junta de Acción Comunal San Félix de Dosquebradas contra el Sindicato de Balasteros de Risaralda, proferida por el Juzgado Civil Municipal de Dosquebradas, por los motivos anteriormente expuestos.
  2. 2. Ordénase al Juzgado Civil Municipal de Dosquebradas admitir la acción de tutela, y darle el trámite que corresponde, de acuerdo con lo preceptuado por los Decretos 2591 de 1991 y 306 de 1992.
  3. 3. Una vez agotadas las etapas de instancia, el Juzgado competente remitirá el expediente a la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, para efectuar la revisión de la decisión o decisiones judiciales correspondientes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.